Artículo 13. Requisitos específicos.
1. Para el ingreso en el Cuerpo de Maestros: estar en posesión del título de Maestro o el título de Grado correspondiente. (RD 276/2007)
Es decir, para opositar por cualquier especialidad sólo es necesario tener el título, no importa por qué especialidad lo hayas obtenido.
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